{"id":159,"date":"2025-03-01T23:48:21","date_gmt":"2025-03-01T23:48:21","guid":{"rendered":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/enviar-informacion\/"},"modified":"2025-04-14T03:00:32","modified_gmt":"2025-04-14T03:00:32","slug":"enviar-informacion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es?page_id=159","title":{"rendered":"Comunicaciones"},"content":{"rendered":"<p><div class=\"ose-youtube ose-uid-5873a243abc524b1bbeb0180087fd258 ose-embedpress-responsive\" style=\"width:600px; height:340px; max-height:340px; max-width:100%; display:inline-block;\" data-embed-type=\"Youtube\"><iframe loading=\"lazy\" allowFullScreen=\"true\" title=\"El procedimiento de quejas de los Procedimientos Especiales: El procedimiento de comunicaciones\" width=\"600\" height=\"340\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/1Z-5RHlUDRI?feature=oembed&color=red&rel=0&controls=1&start=&end=&fs=0&iv_load_policy=0&autoplay=0&mute=0&modestbranding=0&cc_load_policy=1&playsinline=1\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; encrypted-media;accelerometer;autoplay;clipboard-write;gyroscope;picture-in-picture clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe><\/div><\/p>\n<p>Para llevar a cabo su labor, el Relator Especial se basa en gran medida en informaci\u00f3n procedente de los pueblos ind\u00edgenas, sus organizaciones y ONG. El Relator Especial alienta a estas fuentes a que presenten informaci\u00f3n relacionada con su mandato del Consejo de Derechos Humanos, que consiste en promover los derechos humanos de los pueblos ind\u00edgenas y abordar situaciones espec\u00edficas en las que se vulneran sus derechos. Esta informaci\u00f3n puede referirse a avances, estudios o conferencias de inter\u00e9s, nuevas iniciativas o situaciones problem\u00e1ticas.<\/p>\n<h4>Informaci\u00f3n que denuncia presuntas violaciones de derechos humanos<\/h4>\n<p>El Relator Especial est\u00e1 autorizado a actuar sobre la base de informaci\u00f3n cre\u00edble que alegue violaciones de los derechos humanos de los pueblos ind\u00edgenas. No existen requisitos formales para presentar informaci\u00f3n al Relator Especial sobre presuntas violaciones. No se requiere el agotamiento de los recursos internos ni una argumentaci\u00f3n jur\u00eddica detallada sobre el caso. Cualquier persona, grupo u organizaci\u00f3n puede enviar informaci\u00f3n al Relator Especial, independientemente de su relaci\u00f3n con la(s) v\u00edctima(s) de la presunta violaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n presentada al Relator Especial sobre presuntas violaciones debe incluir una descripci\u00f3n detallada de las circunstancias del caso. Debe ser precisa y lo m\u00e1s breve posible, a la vez que proporciona una exposici\u00f3n completa de la situaci\u00f3n, y puede ir acompa\u00f1ada de anexos que proporcionen pruebas escritas o gr\u00e1ficas de los hechos. V\u00e9ase a continuaci\u00f3n la informaci\u00f3n que debe incluirse en la presentaci\u00f3n.<\/p>\n<h4>Procedimiento para comunicaciones sobre presuntas violaciones<\/h4>\n<h4>Tipos de casos<\/h4>\n<p>El mandato del Relator Especial es amplio, por lo que sus comunicaciones se han centrado en una amplia gama de cuestiones relacionadas con los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, tanto individuales como colectivos. Comunicaciones anteriores incluyen casos de asesinatos, torturas, amenazas y otros abusos cometidos contra l\u00edderes ind\u00edgenas y miembros de comunidades. Adem\u00e1s, el Relator Especial ha enviado comunicaciones en relaci\u00f3n con violaciones de los derechos de los pueblos ind\u00edgenas sobre sus tierras y recursos naturales, como el despojo y la expulsi\u00f3n, la falta de consulta previa sobre proyectos de desarrollo, etc. El Relator Especial tambi\u00e9n ha intervenido en relaci\u00f3n con el contenido de la legislaci\u00f3n y las pol\u00edticas nacionales que afectan directamente a los pueblos ind\u00edgenas. Actualmente, dada la existencia de otros mecanismos de las Naciones Unidas para abordar las violaciones de los derechos individuales, el Relator Especial da prioridad a los casos que implican vulneraciones de los derechos colectivos de los pueblos ind\u00edgenas, en particular los derechos colectivos afirmados en la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas.<\/p>\n<h4>Requisitos<\/h4>\n<p>No existen requisitos formales para que el Relator Especial reciba informaci\u00f3n o env\u00ede comunicaciones sobre presuntas violaciones. No se exige el agotamiento de los recursos internos ni una argumentaci\u00f3n jur\u00eddica detallada sobre el caso. Cualquier persona u organizaci\u00f3n puede enviar informaci\u00f3n al Relator Especial, independientemente de su relaci\u00f3n con la(s) v\u00edctima(s) de la presunta violaci\u00f3n.<\/p>\n<h4>Procedimiento<\/h4>\n<p>A medida que llega la informaci\u00f3n, el Relator Especial primero procura determinar su validez y decide si es conveniente enviar una comunicaci\u00f3n al gobierno en cuesti\u00f3n. La decisi\u00f3n de intervenir queda a discreci\u00f3n del Relator Especial. Debido al gran n\u00famero de casos recibidos, es imposible responder a todas las situaciones. Esta decisi\u00f3n depender\u00e1 de diversos criterios, entre ellos: la credibilidad de la informaci\u00f3n recibida; el nivel de detalle proporcionado; la medida en que el caso sea representativo de las situaciones que enfrentan los pueblos ind\u00edgenas en general, y la posibilidad de que la intervenci\u00f3n del Relator Especial tenga un impacto positivo.<\/p>\n<p>Si el Relator Especial considera que su intervenci\u00f3n es adecuada dadas las circunstancias pertinentes, normalmente se comunicar\u00e1 con el gobierno en cuesti\u00f3n mediante un llamamiento urgente por escrito o una carta de denuncia. Dependiendo de las particularidades del caso, podr\u00e1 enviarse una comunicaci\u00f3n conjunta con otros titulares de mandatos de los Procedimientos Especiales.<\/p>\n<h4>Hacer un seguimiento<\/h4>\n<p>El Gobierno puede reaccionar a la carta del Relator Especial e investigar los presuntos hechos, o tomar medidas para prevenir o poner fin a cualquier violaci\u00f3n, pero esto no siempre ocurre. En algunos casos, el Relator Especial puede dar seguimiento con nuevas comunicaciones u otro tipo de acciones. Este seguimiento puede consistir en una evaluaci\u00f3n escrita de la situaci\u00f3n con recomendaciones espec\u00edficas, que pueden incluirse en un informe especial. Sin embargo, la escasez de recursos impide el seguimiento de todos los casos, y la experiencia ha demostrado que, a menudo, el impacto de las acciones del Relator Especial depende de la movilizaci\u00f3n de la sociedad civil y las organizaciones de pueblos ind\u00edgenas, as\u00ed como de su uso eficiente del mecanismo.<\/p>\n<h4>Confidencialidad<\/h4>\n<p>Las comunicaciones son confidenciales y no se divulgan sus fuentes. Un resumen de todas las comunicaciones enviadas por el Relator Especial durante el a\u00f1o, junto con las respuestas recibidas de los gobiernos interesados, se publica como adici\u00f3n al informe anual del Relator Especial al Consejo de Derechos Humanos.<\/p>\n<h4>La informaci\u00f3n sobre presuntas violaciones deber\u00e1 incluir, cuando corresponda:<\/h4>\n<p><strong>Cu\u00e1ndo y d\u00f3nde<\/strong>: Fecha, hora y lugar preciso del incidente (Pa\u00eds, regi\u00f3n, municipio)<\/p>\n<p><strong>V\u00edctima(s) o comunidad afectada<\/strong> : Nombre, n\u00famero y detalles completos sobre la ubicaci\u00f3n del pueblo ind\u00edgena, comunidad o individuo(s) cuyos derechos presuntamente han sido violados o est\u00e1n bajo amenaza.<\/p>\n<p><strong>Qu\u00e9 ocurri\u00f3:<\/strong> Circunstancias detalladas de la presunta violaci\u00f3n. Si un evento inicial da lugar a otros, descr\u00edbalos cronol\u00f3gicamente. En el caso de medidas generales, como legislaci\u00f3n o pol\u00edticas nacionales, indique su etapa de desarrollo y c\u00f3mo han afectado o afectar\u00e1n a los pueblos ind\u00edgenas.<\/p>\n<p><strong>Autor(es):<\/strong> Informaci\u00f3n detallada sobre la(s) persona(s) o instituci\u00f3n(es) responsable(s) de la violaci\u00f3n y su relaci\u00f3n, si la hubiere, con el Gobierno en cuesti\u00f3n. Si las circunstancias lo requieren, explique las razones por las que se sospecha la responsabilidad de la(s) persona(s) o instituci\u00f3n(es) identificada(s).<\/p>\n<p><strong>Medidas adoptadas por las autoridades estatales:<\/strong> De ser aplicable, \u00bfqu\u00e9 medidas han adoptado las autoridades competentes para remediar la situaci\u00f3n? \u00bfSe ha informado del asunto a las autoridades administrativas o judiciales del Estado en cuesti\u00f3n? Cabe destacar que no se exige el agotamiento de los recursos internos.<\/p>\n<p>Esta informaci\u00f3n simplemente ayuda al Relator Especial a comprender la denuncia y elaborar una respuesta apropiada.<\/p>\n<p><strong>Acciones emprendidas ante organismos internacionales:<\/strong> \u00bfSe ha iniciado alguna acci\u00f3n ante otros mecanismos internacionales o regionales de derechos humanos? De ser as\u00ed, \u00bfen qu\u00e9 etapa se encuentran estas otras acciones internacionales?<\/p>\n<p><strong>Fuente:<\/strong> Nombre y direcci\u00f3n completa del pueblo ind\u00edgena, la organizaci\u00f3n o la(s) persona(s) que presenta(n) la informaci\u00f3n. Estos datos de contacto son esenciales en caso de que el Relator Especial necesite aclaraciones o m\u00e1s informaci\u00f3n sobre el caso. Esta informaci\u00f3n se mantiene confidencial, a menos que la fuente autorice lo contrario.<\/p>\n<h4>Env\u00ede su presentaci\u00f3n al Relator Especial:<\/h4>\n<p><a href=\"https:\/\/spsubmission.ohchr.org\/es\/verify\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/spsubmission.ohchr.org\/es\/verify<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para llevar a cabo su labor, el Relator Especial se basa en gran medida en informaci\u00f3n procedente de los pueblos ind\u00edgenas, sus organizaciones y ONG. 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