{"id":339,"date":"2025-02-01T04:08:13","date_gmt":"2025-02-01T04:08:13","guid":{"rendered":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/2025\/02\/01\/llamado-a-contribuciones-informe-al-60-periodo-de-sesiones-del-consejo-de-derechos-humanos-sobre-el-reconocimiento-de-los-pueblos-indigenas\/"},"modified":"2025-04-14T06:30:47","modified_gmt":"2025-04-14T06:30:47","slug":"llamado-a-contribuciones-informe-al-60-periodo-de-sesiones-del-consejo-de-derechos-humanos-sobre-el-reconocimiento-de-los-pueblos-indigenas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es?p=339","title":{"rendered":"Llamado a contribuciones: Informe al 60\u00b0 per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, sobre el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas"},"content":{"rendered":"<div class=\"cfi-purpose\"><span class=\"txt-bold text--body-copy\"><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-329 alignleft\" src=\"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/ohchr-un-300x236.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"236\" srcset=\"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/ohchr-un-300x236.png 300w, https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/ohchr-un.png 321w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/>Prop\u00f3sito<\/strong>:<\/span>\u00a0<span class=\"text--body-copy\">El Relator Especial sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas invita a enviar contribuciones para informar su informe que se presentar\u00e1 en el 60\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, en septiembre de 2025, donde pretende examinar las formas y medios de superar los obst\u00e1culos y promover las mejores pr\u00e1cticas relacionadas con el reconocimiento e los Pueblos Ind\u00edgenas por los Estados.<\/span><\/div>\n<div>\n<p class=\"text--eyebrow hero-1__document-landing-heading--label\">Plazo l\u00edmite:\u00a0 28 marzo 2025<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"cfi__body\">\n<div class=\"wysiwyg-content field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item\">\n<h5>Antecedentes<\/h5>\n<p>El r\u00e9gimen internacional de derechos humanos tiene como objetivo reparar los perjuicios sociales que afectan a determinadas personas o grupos de personas de la sociedad. Los Estados son los titulares de las obligaciones en derechos humanos y tienen el deber de respetarlos, promoverlos y protegerlos. Sin embargo, para cumplir con esas obligaciones, los Estados deben necesariamente identificar y reconocer a los beneficiarios de los derechos en cuesti\u00f3n (titulares de derechos).<\/p>\n<p>Cuando un Estado identifica o reconoce, dentro de su territorio nacional, la existencia de individuos o grupos de individuos que han sufrido o est\u00e1n sufriendo prejuicios o discriminaci\u00f3n espec\u00edficos, puede adherirse a un instrumento de derechos humanos pertinente, adoptar una legislaci\u00f3n interna de protecci\u00f3n espec\u00edfica o hacer ambas.<\/p>\n<p>En lo que respecta a los Pueblos Ind\u00edgenas, se trata de sectores de numerosas poblaciones nacionales que hist\u00f3ricamente han sufrido, o siguen sufriendo, opiniones prejuiciosas que los consideraban, o a\u00fan los consideran, a ellos y a sus culturas, como inferiores y no lo suficientemente buenos como para ser protegidos por las leyes en igualdad de condiciones. Se trata de grupos tradicionales para los cuales el r\u00e9gimen jur\u00eddico internacional sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas fue concebido como un mecanismo correctivo. La Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas afirma que \u201c<em>todas las doctrinas, pol\u00edticas y pr\u00e1cticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o individuos o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, \u00e9tnicas o culturales son racistas, cient\u00edficamente falsas, jur\u00eddicamente inv\u00e1lidas, moralmente condenables y socialmente injustas<\/em>\u201d (Pre\u00e1mbulo).<\/p>\n<p>El r\u00e9gimen jur\u00eddico internacional de los Pueblos Ind\u00edgenas no busca m\u00e1s que la igualdad; su objetivo es elevar el nivel de vida de los sectores especialmente marginados de las poblaciones nacionales para que puedan disfrutar de todos los derechos en condiciones de igualdad con respecto a sus conciudadanos. La Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas reconoce \u201c<em>los pueblos ind\u00edgenas han sufrido injusticias hist\u00f3ricas como resultado, entre otras cosas, de la colonizaci\u00f3n y de haber sido despose\u00eddos\u2026 lo que les ha impedido ejercer\u2026 sus derechos\u2026\u201d\u00a0<\/em>(Pre\u00e1mbulo).<\/p>\n<p>Ni la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas ni el Convenio n\u00fam. 169 de la OIT ofrecen una definici\u00f3n de \u201cPueblos Ind\u00edgenas\u201d. En cambio, estos dos instrumentos internacionales consagran el principio de autoidentificaci\u00f3n y proporcionan caracter\u00edsticas de los Pueblos Ind\u00edgenas que pueden ayudar a los Estados y a cualquier persona a reconocerlos.<\/p>\n<p>Casi veinte a\u00f1os despu\u00e9s de la adopci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas, en 2007, varios Estados de todas las regiones del mundo han avanzado en la identificaci\u00f3n y el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas mediante el uso de criterios de identificaci\u00f3n. Las constituciones, leyes, pol\u00edticas y programas han reconocido expl\u00edcitamente a los Pueblos Ind\u00edgenas como titulares de derechos en virtud del derecho internacional. Los tribunales nacionales y regionales tambi\u00e9n han reconocido a los Pueblos Ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>Sin embargo, a pesar de estos valiosos esfuerzos, existen disparidades en las tendencias regionales de reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas, y algunos Estados, en particular en \u00c1frica y Asia, siguen siendo reacios a utilizar el t\u00e9rmino \u201cPueblos Ind\u00edgenas\u201d. En algunos casos, el concepto de derechos humanos \u201cPueblos Ind\u00edgenas\u201d se ha entendido err\u00f3neamente como un intento de otorgar una condici\u00f3n privilegiada a quienes habitaron primero una tierra o territorio determinado con exclusi\u00f3n de otros o a expensas de ellos. Esta interpretaci\u00f3n err\u00f3nea pasa por alto el car\u00e1cter reparador de la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas como medio para lograr la igualdad.<\/p>\n<p>El t\u00e9rmino \u201cPueblos Ind\u00edgenas\u201d tambi\u00e9n se ha confundido, utilizado indistintamente o combinado con \u201ccomunidades locales\u201d, \u201cminor\u00edas\u201d, \u201cgrupos vulnerables\u201d y muchos otros. Esto confunde el marco espec\u00edfico de derechos humanos relativo a los Pueblos Ind\u00edgenas con el elaborado para abordar las particularidades de otros grupos, y socava la eficacia de las estrategias basadas en los derechos humanos para garantizar la igualdad de los Pueblos Ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>Los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas son inherentes a ellos y se derivan de su mera existencia como pueblos y v\u00edctimas de injusticias hist\u00f3ricas, tal como se especifica en la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas. Por lo tanto, no es el reconocimiento por parte de los Estados lo que crea los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas. Sin embargo, para que los Estados asuman efectivamente sus obligaciones como responsables, es necesario que reconozcan a los Pueblos Ind\u00edgenas que viven en sus territorios.<\/p>\n<p>Al Relator Especial le preocupa que los malentendidos en torno al reconocimiento de los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas sigan obstaculizando la aplicaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas y otros instrumentos internacionales pertinentes. Por ello, el informe que presentar\u00e1 en el 60\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, en septiembre de 2025, se propone examinar los medios para superar los obst\u00e1culos y promover las mejores pr\u00e1cticas relacionadas con el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas por parte de los Estados.<\/p>\n<h5>Objetivos<\/h5>\n<p>El Relator Especial desea recibir contribuciones para sustanciar su informe mediante respuestas a las preguntas que figuran a continuaci\u00f3n. En ese sentido, solicita contribuciones de los Estados miembros y entidades intergubernamentales, organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, pueblos y organizaciones ind\u00edgenas, agentes de la sociedad civil, organizaciones humanitarias y de desarrollo, instituciones nacionales de derechos humanos, representantes de empresas y otras partes interesadas pertinentes. A tal fin, rogamos enviar las contribuciones por escrito, v\u00eda correo electr\u00f3nico a\u00a0<a href=\"mailto:hrc-sr-indigenous@un.org\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>hrc-sr-indigenous@un.org<\/strong><\/a>, antes\u00a0<strong>del 28 de marzo de 2025<\/strong>, en espa\u00f1ol, franc\u00e9s o ingl\u00e9s, preferiblemente en formato WORD (.docx). Por favor s\u00edrvase indicar en el asunto de su correo electr\u00f3nico \u201c<em>Contribuci\u00f3npara el informe del 60\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos<\/em>\u201d. Se solicita cordialmente a los participantes limitar sus contribuciones a un m\u00e1ximo de 4000 palabras, con la posibilidad de adjuntar recursos de apoyo adicionales, como informes, estudios acad\u00e9micos y otros materiales de referencia.<\/p>\n<h5>Preguntas clave y tipos de contribuciones\/comentarios solicitados<\/h5>\n<p>1. \u00bfCu\u00e1les son las caracter\u00edsticas distintivas de quienes son reconocidos como Pueblos Ind\u00edgenas en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n, o sector de trabajo?<br \/>\n2. \u00bfCu\u00e1les son las disposiciones constitucionales y legales que regulan el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n o sector de trabajo?<br \/>\n3. \u00bfCu\u00e1les son las pr\u00e1cticas y procesos que siguen los Pueblos Ind\u00edgenas y\/o las autoridades estatales para identificar a los Pueblos Ind\u00edgenas en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n o sector de trabajo?<br \/>\n4. \u00bfHay en su pa\u00eds Pueblos Ind\u00edgenas que sean vistos negativamente como culturalmente atrasados y cuyo modo de vida sea considerado por la sociedad mayoritaria como inadecuado para los tiempos actuales?<br \/>\n5. \u00bfCu\u00e1les son los principales desaf\u00edos que enfrentan los Pueblos Ind\u00edgenas para lograr el reconocimiento de las autoridades estatales en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n o sector de trabajo?<br \/>\n6. \u00bfEl t\u00e9rmino \u201cPueblos Ind\u00edgena\u201d genera preocupaciones o inquietudes entre las autoridades estatales de su pa\u00eds? En caso afirmativo, s\u00edrvase proporcionar ejemplos.<br \/>\n7. \u00bfCu\u00e1les son los resultados y pr\u00e1cticas positivas y\/o negativas asociadas al marco actual de reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n, o sector de trabajo?<br \/>\n8. \u00bfQu\u00e9 iniciativas se han llevado a cabo para crear conciencia sobre el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas dentro de la sociedad y las instituciones gubernamentales?<br \/>\n9. \u00bfQu\u00e9 iniciativas y mecanismos son necesarios para que los Pueblos Ind\u00edgenas sigan promoviendo su reconocimiento adecuado? S\u00edrvase proporcionar ejemplos de buenas pr\u00e1cticas, si las hubiera.<br \/>\n10. \u00bfExisten ejemplos en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n, o \u00e1rea de trabajo sobre la confusi\u00f3n de Pueblos Ind\u00edgenas con otros grupos, como minor\u00edas, comunidades locales, grupos vulnerables, entre otros? En caso afirmativo, \u00bfcu\u00e1les son las lecciones aprendidas al respecto?<br \/>\n11. \u00bfExisten ejemplos en su pa\u00eds, jurisdicci\u00f3n, o \u00e1rea de trabajo sobre alianzas y cooperaci\u00f3n entre Pueblos Ind\u00edgenas y otros grupos, como minor\u00edas, comunidades locales, grupos vulnerables, entre otros? En caso afirmativo, \u00bfcu\u00e1les son las lecciones aprendidas al respecto?<\/p>\n<h5>\u00bfC\u00f3mo se utilizar\u00e1n las contribuciones?<\/h5>\n<p>Las contribuciones se publicar\u00e1n en la p\u00e1gina web del mandato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tal como se reciban, a menos que se solicite lo contrario. Por favor, si\u00a0<strong>NO\u00a0<\/strong>desea que su contribuci\u00f3n se haga p\u00fablica, ind\u00edquelo\u00a0<strong>expresamente\u00a0<\/strong>en su correo electr\u00f3nico.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"cfi__next-steps-container\">\n<h5 class=\"next-steps__heading\" role=\"heading\" aria-level=\"5\">Pr\u00f3ximas etapas<\/h5>\n<div class=\"next_steps\">\n<p>Las contribuciones\/comentarios pueden enviarse por correo electr\u00f3nico. Deben recibirse antes del\u00a0<strong>12 de marzo de 2025 a las 09:54 (hora de Ginebra)<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico:\u00a0<\/strong><a href=\"mailto:hrc-sr-indigenous@un.org\">hrc-sr-indigenous@un.org<\/a><\/p>\n<p><strong>Asunto del correo electr\u00f3nico:<\/strong>\u00a0Contribuci\u00f3n para el informe del 60\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos<\/p>\n<p><strong>L\u00edmite de palabras o p\u00e1ginas:<\/strong><br \/>\n4000 palabras \/ 10 p\u00e1ginas<\/p>\n<p><strong>Formatos de archivo:<\/strong><br \/>\nWord, PDF<\/p>\n<p><strong>Idiomas aceptados:<\/strong><br \/>\ningl\u00e9s, franc\u00e9s, espa\u00f1ol<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Prop\u00f3sito:\u00a0El Relator Especial sobre los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas invita a enviar contribuciones para informar su informe que se presentar\u00e1 en el 60\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, en septiembre de 2025, donde pretende examinar las formas y medios de superar los obst\u00e1culos y promover las mejores pr\u00e1cticas relacionadas con el\u2026 <span class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es?p=339\">Leer m\u00e1s &raquo;<\/a><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":329,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[34],"tags":[],"class_list":["post-339","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-convocatorias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/339","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=339"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/339\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":341,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/339\/revisions\/341"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/329"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=339"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=339"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/unsr.albertbarume.org\/site\/es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=339"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}