La gobernanza de los océanos debe basarse en el derecho internacional: Expertos de la ONU

por | febrero 24, 2026

GINEBRA – Expertos de la ONU* han instado hoy a los Estados a garantizar que cualquier nueva normativa que regule los fondos marinos, incluido un código sobre minería, esté firmemente basada en el derecho internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanos, y aplique el principio de precaución.

«Los fondos marinos no son una frontera industrial, sino uno de los ecosistemas más frágiles y menos comprendidos de la Tierra, y su protección es una obligación legal en virtud del derecho internacional y la legislación sobre derechos humanos», afirmaron los expertos, antes de la31ª sesión de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIF). «Cualquier marco regulador debe reflejar la obligación vinculante de los Estados de proteger el medio ambiente y el sistema climático y prevenir los derechos humanos y los daños medioambientales».

Los expertos de la ONU recordaron las recientes Opiniones Consultivas de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y del Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM ) que aclaran las obligaciones de proteger el océano y el sistema climático. En virtud del Derecho internacional consuetudinario, los Estados tienen obligaciones de proteger el medio marino y el sistema climático que se deben a la comunidad internacional en su conjunto, obligaciones que exigen una diligencia debida rigurosa. El Acuerdo sobre la Biodiversidad fuera de las Jurisdicciones Nacionales(BBNJ), que ha entrado en vigor recientemente, refuerza este marco jurídico. Todas estas obligaciones internacionales deben ser tenidas en cuenta y respetadas por la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos.

Los expertos también recordaron que las empresas tienen obligaciones y responsabilidades con respecto a la protección del medio ambiente y el sistema climático, y sus repercusiones en los derechos humanos, en consonancia con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU.

«Los fondos marinos albergan la mayor parte del millón de especies que se calcula que hay en el océano, sustentan la biodiversidad mundial y constituyen el mayor sumidero de carbono del planeta, por lo que son fundamentales para la regulación del clima», afirman los expertos.

Advirtieron de que la explotación minera de los fondos marinos vinculada a la fiebre por los minerales críticos plantea graves riesgos para el medio ambiente, el clima y los derechos humanos. Las investigaciones científicas sugieren cada vez más que este tipo de minería podría causar daños graves y potencialmente irreversibles a la biodiversidad marina, dispersar contaminantes tóxicos, destruir los hábitats del fondo marino, liberar carbono almacenado e interrumpir los procesos de secuestro de carbono oceánico. Además, las operaciones mineras consumen mucha energía y contribuyen a las emisiones de gases de efecto invernadero que agravan la crisis climática y sus efectos adversos sobre los derechos humanos.

«Los tribunales han llegado a la conclusión de que el principio de precaución debe respetarse cuando existe incertidumbre científica sobre cómo prevenir eficazmente daños significativos o irreversibles al medio ambiente y a la salud humana de las generaciones presentes y futuras, como en el caso de la explotación minera de los fondos marinos», señalaron los expertos.

Los pueblos indígenas, los pescadores artesanales y los pequeños Estados insulares en desarrollo dependen en gran medida de unos ecosistemas marinos sanos para su seguridad alimentaria, su sustento y su cultura, lo que aumenta su vulnerabilidad ante posibles impactos.

«Las amenazas a las profundidades marinas son amenazas a los derechos humanos», afirmaron los expertos. «Los pueblos indígenas, los pescadores artesanales y las comunidades costeras dependen de la salud de los océanos para sobrevivir. Está en juego el disfrute de sus derechos humanos, entre ellos el derecho a la alimentación, a la salud y a un medio ambiente sano, incluido un clima seguro y ecosistemas y biodiversidad sanos, así como los derechos culturales».

Subrayaron que la gobernanza de los fondos marinos debe ser transparente, integradora, participativa, basada en la ciencia y orientada a proteger los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras.

«No deben autorizarse actividades marinas que entrañen riesgos significativos para la humanidad», afirmaron los expertos. «Los fondos marinos son patrimonio común de la humanidad, por lo que la gobernanza debe protegerlos sistemáticamente», afirmaron.


*Los expertos:

Los relatores especiales/expertos independientes/grupos de trabajo son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En conjunto, estos expertos se denominan Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Aunque la Oficina de Derechos Humanos de la ONU actúa como secretaría de los Procedimientos Especiales, los expertos actúan a título individual y son independientes de cualquier gobierno u organización, incluidas la OACDH y la ONU. Los puntos de vista u opiniones presentados son exclusivamente los del autor y no representan necesariamente los de la ONU o la OACDH.

Las observaciones y recomendaciones específicas por país de los mecanismos de derechos humanos de la ONU, incluidos los procedimientos especiales, los órganos de tratados y el Examen Periódico Universal, pueden consultarse en el Índice Universal de los Derechos Humanos https://uhri.ohchr.org/en/.

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