Objetivo: Informar el informe temático 2026 del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, sobre demarcación, registro y titulación de las tierras, territorios y recursos de los pueblos indígenas, que se presentará en la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Fondo
Los derechos de los pueblos indígenas a las tierras, territorios y recursos son fundamentales para su autodeterminación, identidad cultural, sistemas alimentarios, medios de vida y continuidad espiritual, y desde hace tiempo se reconocen como esenciales para superar las injusticias históricas y garantizar un futuro digno para las generaciones presentes y futuras. Esta importancia se refleja en el marco jurídico y normativo internacional que protege estos derechos: la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) afirma los derechos colectivos a las tierras, territorios y recursos (artículos 25 a 32) y exige el consentimiento libre, previo e informado (CLPI) antes de adoptar medidas que les afecten (artículos 10, 19, 29 y 32) DNUDPI. El Convenio nº 169 de la OIT (1989) establece normas vinculantes sobre el reconocimiento de la tenencia de la tierra, la consulta/participación y la protección de las instituciones y el sistema consuetudinario, la orientación operativa detalla más los elementos del CLPI y su aplicación en todos los sectores.
Estas protecciones están arraigadas en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), que afirma la no discriminación y la igualdad ante la ley (artículos 2 y 7), el derecho a un recurso efectivo (artículo 8), el derecho a la propiedad y a no ser privado de ella arbitrariamente (artículo 17), el derecho a un nivel de vida adecuado (artículo 25) y el derecho a participar en la vida cultural (artículo 27); éstas son garantías fundamentales que sustentan el reconocimiento y la salvaguarda de las tierras, territorios y recursos indígenas. El contexto de los derechos humanos y el medio ambiente se ve reforzado por el reconocimiento por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas del derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible (A/RES/76/300), que subraya la obligación de los Estados de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos que lo hacen posible. Este corpus de leyes y directrices proporciona la base autorizada para reconocer, delimitar, titular y salvaguardar las tierras, territorios y recursos indígenas, garantizando que las decisiones se basen en los derechos, el consentimiento, la responsabilidad y la integridad medioambiental.
En su informe 2025 e intermedio a la 80ª sesión de la Asamblea General (A/80/181), el Relator Especial sobre los derechos de los Pueblos Indígenas examinó los retos globales actuales para los derechos de los Pueblos Indígenas a sus tierras, territorios y recursos, subrayando la importancia y su intención de centrarse en los procesos de identificación, demarcación, registro y titulación. El informe también aborda la criminalización de los defensores de los derechos territoriales de los pueblos indígenas y la interacción entre los territorios ancestrales y la seguridad internacional, haciendo un llamamiento para que los pueblos indígenas sean considerados socios en la salvaguarda de la paz internacional.
Objetivos
Esta solicitud de aportaciones y el cuestionario de seguimiento que figura a continuación pretenden recopilar información comparable y concreta sobre cómo los Estados reconocen, delimitan, titulan y protegen las tierras de los Pueblos Indígenas, tanto en la legislación como en la práctica, incluidos los Pueblos Indígenas móviles, los Pueblos Indígenas en aislamiento voluntario o contacto inicial, y en territorios costeros y marinos, y documentando los obstáculos, los riesgos y las prácticas prometedoras.
Proporcione información sobre el país o la región a la que se refiere su propuesta, señalando las variaciones regionales o subnacionales cuando proceda. Incluya el marco jurídico actual y la práctica de los últimos 10 años, haciendo referencia a hitos anteriores cuando sea necesario para explicar las realidades contemporáneas. Cuando sea posible, adjunte o enlace a leyes, políticas, decisiones judiciales, capas catastrales, manuales administrativos, líneas presupuestarias, informes anuales, protocolos de protección y estudios académicos o de supervisión independientes. Si cita casos delicados, anonimice los datos personales e indique cualquier restricción de confidencialidad. Es posible que los encuestados deseen responder a algunas de estas preguntas, pero no a todas.
Envíe su respuesta en inglés, francés o español utilizando un formato Word (.docx) accesible. La extensión total no debe superar las 4.000 palabras, sin contar los anexos. Estructure la presentación según los encabezamientos de este cuestionario, y no dude en utilizar viñetas dentro de cada sección.
Sírvase citar las fuentes jurídicas pertinentes -incluidos títulos, números de instrumentos y fechas de promulgación- y, si están disponibles, facilite enlaces a boletines o repositorios oficiales. Adjunte mapas/archivos o describa su estatus oficial y autoridad. Cuando existan datos, desglóselos por población, comunidad, sexo, edad, discapacidad, rural/urbano y por categoría territorial (por ejemplo, territorio titulado, área protegida con cogobierno, tenencia comunal, zona costera/marina).
Cuando comparta casos delicados, anonimice nombres y ubicaciones precisas e indique si la información puede hacerse pública.
Por favor, envíe su respuesta antes del 15 de febrero de 2026 a hrc-sr-indigenous@un.org, utilizando la línea de asunto: “Submission for the report to the 81st Session of the General Assembly – Country/Region/Indigenous Peoples concerned/Entity”.
Preguntas clave y tipos de aportaciones/comentarios solicitados
PREGUNTAS E INFORMACIÓN SOLICITADA
-
Reconocimiento legal de las tierras de los pueblos indígenas:
– ¿Están los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas (tierras, territorios y recursos) legalmente reconocidos en una constitución, ley o política?
– ¿Cuál es el alcance de estos derechos reconocidos (plena propiedad/titularidad, acceso, uso, control, exclusión, derechos subsuperficiales, reparto de beneficios)?
– ¿Se reconocen legalmente como derechos preexistentes los territorios consuetudinarios, incluidas las aguas/zonas marinas, y las instituciones tradicionales de gobierno?
– ¿Incluyen esos derechos sobre la tierra reconocidos la restitución o compensación por la desposesión histórica?
– ¿Considera que el actual reconocimiento jurídico local está en consonancia con la Declaración? En caso negativo, ¿cuáles son los elementos que faltan o que no están alineados?
– Si no existe un reconocimiento legal de los derechos territoriales de los pueblos indígenas, ¿cuáles son las prácticas actuales que se aplican en su lugar?
-
Señalización física de los derechos territoriales de los pueblos indígenas:
– ¿Están demarcadas y tituladas las tierras de los pueblos indígenas?
– ¿Cómo se hace la demarcación?
– A la hora de presentar la solicitud de demarcación y titulación, ¿cuál es la documentación y demás requisitos necesarios, qué instituciones intervienen y hasta qué punto son accesibles para los pueblos indígenas?
– ¿Cuál es la duración media de estos procesos de demarcación/titulación y cuáles son las tasas o costes que conllevan?
– ¿Qué entidad es la titular legalmente reconocida del título de propiedad?
– ¿Cuáles son las herramientas jurídicas y tecnológicas utilizadas para la demarcación y la titulación?
– ¿Qué papel desempeñan los pueblos indígenas en el proceso de demarcación y/o concesión de títulos? ¿Es determinante su papel?
– ¿Cómo valora la adecuación de estos procedimientos a los derechos de los pueblos indígenas reconocidos internacionalmente?
– ¿Cuáles son los principales obstáculos u obstrucciones a la demarcación y titulación?
– ¿Existen casos en los que procesos inadecuados de titulación (incluyendo, por ejemplo, demarcación incompleta, retrasos en los procedimientos de titulación, saneamiento de títulos ineficaz) puedan haber originado violencia y criminalización de los Pueblos Indígenas?
-
Equilibrar los derechos territoriales de los pueblos indígenas con otros intereses:
– ¿Hasta qué punto es fuerte la protección de las tierras demarcadas o tituladas de los pueblos indígenas?
– ¿Con qué firmeza se defienden estos derechos titulados, en el contexto de otros intereses contrapuestos: las leyes sectoriales sobre energía, minería, conservación del medio ambiente y otras reconocen y respetan los derechos específicos de los Pueblos Indígenas? ¿Son estas leyes y su aplicación coherentes con las responsabilidades del Estado en materia de derechos humanos y las obligaciones internacionales relativas a los derechos de los pueblos indígenas?
– ¿Qué instituciones desempeñan un papel clave en la protección y salvaguarda de estas tierras tituladas (tribunales, INDH, entidades estatales, etc.)?
– ¿Cuál es el papel y la situación de los defensores de la tierra que protegen activamente las tierras de los Pueblos Indígenas? ¿Existen mecanismos para proteger a los defensores de los derechos sobre la tierra de los Pueblos Indígenas frente a la intimidación o las represalias, incluida una respuesta rápida, asistencia jurídica y persecución de las amenazas? Sírvase proporcionar ejemplos de casos.
– ¿Existen casos de violencia y criminalización de los pueblos indígenas y sus comunidades en relación con la protección de sus tierras tradicionales tras la concesión de títulos?
– ¿Se exige y se aplica el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) cuando se ven afectados los derechos territoriales de los pueblos indígenas (cambios de límites, áreas protegidas, concesiones, proyectos sobre clima/biodiversidad, infraestructuras, reubicación)?
– ¿Existen medidas para evitar la usurpación o el despojo de las tierras de los pueblos indígenas (patrullas, sanciones, control del cumplimiento)?
– ¿Puede el Estado declarar zonas protegidas o imponer restricciones medioambientales sobre el uso consuetudinario dentro de las tierras o territorios de los Pueblos Indígenas (incluso en el contexto de la conservación de la biodiversidad y la lucha contra el cambio climático)?
– ¿Puede el Estado acceder a las tierras de los pueblos indígenas y utilizarlas por motivos militares o de seguridad nacional? ¿Es necesario el consentimiento en estos casos?
– ¿Existen otras restricciones a la jurisdicción de los Pueblos Indígenas dentro de sus tierras y territorios tradicionales (derechos de paso, otros)? ¿Puede el Estado desarrollar actividades económicas dentro de las tierras y territorios de los Pueblos Indígenas (explotación de recursos naturales, infraestructuras)? ¿Es necesario el consentimiento?
– ¿Se ven afectadas las tierras de los pueblos indígenas por cuestiones de seguridad o geopolítica internacional? Y en caso afirmativo, ¿cómo y a qué tipo de retos se enfrentan?
-
Pueblos indígenas móviles, pueblos indígenas en aislamiento voluntario o contacto inicial y en territorios marinos/costeros.
– Describa cómo se reconocen y protegen los derechos sobre la tierra de los pueblos indígenas móviles (pastores, cazadores-recolectores, comunidades nómadas/marineras).
– Sírvase describir las medidas para demarcar y proteger los territorios de los pueblos indígenas que viven en aislamiento voluntario o contacto inicial.
– Indique si los procesos de demarcación y registro incluyen las zonas costeras y marinas.
¿Cómo se utilizarán los insumos?
Todas las propuestas se publicarán en el sitio web del mandato a menos que sus autores las marquen explícitamente como confidenciales.
De conformidad con el Código de Conducta para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y el Manual de Operaciones de los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos, los titulares de mandatos actúan basándose en información objetiva y fidedigna y en hechos verificables. En este sentido, el Relator Especial se reserva el derecho de no publicar presentaciones que puedan no cumplir este umbral, así como información que contenga datos personales o que pueda poner a los remitentes u otras personas en riesgo de sufrir represalias o intimidación.