

Carta conjunta del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, abril de 2025
En nuestra calidad de Miembros Expertos del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas y del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y como Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, señalamos nuestras preocupaciones sobre la cuestión vital de garantizar la participación plena y efectiva de todos los Pueblos Indígenas invitados a asistir a las reuniones y foros que se relacionan directamente con sus derechos e intereses.
El derecho de los Pueblos Indígenas a participar en los procesos de toma de decisiones sobre asuntos que les afectan se encuentra en el centro de las normas y compromisos internacionales. Esto se afirma claramente en el artículo 18 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI), y se refuerza aún más en el artículo 42, que insta a los Estados y al sistema de las Naciones Unidas a promover el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la Declaración.
Este compromiso se fundamenta además en la Carta de las Naciones Unidas, que obliga a los Estados Miembros a promover el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna. En este contexto, también recordamos las obligaciones de los Estados en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en particular el artículo 25, que garantiza el derecho a participar en los asuntos públicos, y los artículos 2 y 26, que afirman el principio de no discriminación en el disfrute de tales derechos.
Deseamos recordar la resolución 51/18 del Consejo de Derechos Humanos que «…expresa su preocupación ante el hecho de que algunos países, incluidos países que ejercen de anfitriones de reuniones dedicadas a las cuestiones indígenas, aplacen intencionalmente o denieguen la concesión de visados de entrada a los titulares de mandatos de las Naciones Unidas o les apliquen restricciones adicionales de viaje que interfieren, entre otras cosas, en su capacidad para regresar;».
Lamentablemente, experiencias recientes han puesto de relieve los desafíos en la expedición de visados y el acceso a los lugares de reunión, que ponen en riesgo la participación significativa de los participantes indígenas en los debates críticos. Estas barreras pueden tener profundas consecuencias para la inclusión de las voces indígenas a nivel internacional.
Ante la inminencia de varias sesiones importantes, instamos respetuosamente a los Estados Miembros a que tomen todas las medidas necesarias para facilitar la expedición oportuna de visados y garantizar el acceso sin trabas de todos los participantes indígenas y titulares de mandatos invitados a asistir a las reuniones y foros de las Naciones Unidas. Seguimos confiando en sus compromisos de respetar las obligaciones internacionales y apoyar, tanto en la práctica como en principio, la participación plena y efectiva de los Pueblos Indígenas en estos procesos esenciales.
Sra. Hindou Oumarou Ibrahim
Presidenta del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas
Sr. Albert Barume
Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Sra. Valmaine Toki
Presidenta del Mecanismo de Expertos de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas