La Declaración de las Naciones Unidas como brújula de justicia

por | abril 9, 2025

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI), adoptada en 2007 tras más de dos décadas de negociaciones, representa uno de los documentos más significativos del derecho internacional contemporáneo. Su importancia no radica solamente en el reconocimiento de derechos colectivos y culturales históricamente negados, sino en su capacidad de resignificar las relaciones entre pueblos indígenas y Estados desde un enfoque de justicia, autodeterminación y reconciliación.

Esta visión fue articulada por el Dr. Albert Barume, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, durante su intervención en un reciente webinar  «Implementación de la DNUDPI en los Estados Miembros de las Naciones Unidas y el sistema de las Naciones Unidas, incluyendo la identificación de buenas prácticas y el abordaje de los desafíos».

El seminario web contribuyó a comprender mejor la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) y las responsabilidades del Estado australiano en su implementación. Asimismo, fomentó una mayor concienciación sobre los derechos consagrados en la DNUDPI y su aplicación en los procesos actuales de búsqueda de la verdad y elaboración de tratados en Victoria (Australia). El seminario web brindó la oportunidad de interactuar con el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, Dr. Albert K. Barume , tras su reciente visita privada a Australia, donde se reunió con numerosos representantes de las Primeras Naciones. La visita fue organizada por la Fundación para la Investigación y la Acción de los Aborígenes e Isleños (FAIRA).

 

I. La Declaración como respuesta a errores históricos

Albert Barume enmarcó la UNDRIP no como un tratado surgido del consenso diplomático abstracto, sino como una respuesta a una saga de errores históricos cometidos por los Estados: la negación de existencia, la asimilación forzada, el despojo territorial y la violencia cultural sistemática. “La Declaración”, afirmó, “es un documento reparador. No da nuevos derechos. Reconoce los derechos que fueron negados durante siglos”.

Aquí radica uno de los malentendidos más persistentes: la idea de que la Declaración otorga privilegios o derechos especiales a los pueblos indígenas. Barume desmanteló esta visión con precisión. Lo que hace la UNDRIP es adaptar el lenguaje y la estructura del derecho internacional de los derechos humanos a realidades culturales, históricas y legales que fueron —y en muchos casos siguen siendo— ignoradas por los marcos normativos clásicos.

II. Los cuatro pilares de la Declaración

Barume organizó su intervención en torno a cuatro objetivos fundamentales de la UNDRIP, que permiten entender no solo su contenido, sino también su lógica interna:

1. Reconocimiento como pueblos y naciones

La historia del derecho internacional ha excluido sistemáticamente a los pueblos indígenas como sujetos colectivos. Reconocerlos como “pueblos” implica aceptar que tienen derecho a su propia identidad, cultura, y estructuras políticas. Esta es una afirmación de soberanía cultural, y también un paso esencial hacia la equidad.

2. Disfrute igualitario de derechos humanos

Contrario a quienes argumentan que los pueblos indígenas reciben trato preferencial, la Declaración recalca que todos los derechos humanos universales son igualmente válidos para ellos. La diferencia está en su modo de ejercicio, que debe respetar las formas culturales y políticas propias.

3. Autodeterminación

Barume fue enfático: la autodeterminación no es solo un principio, es el derecho madre, el que hace posible todos los demás. Permite a los pueblos indígenas decidir cómo gobernarse, cómo organizar sus sistemas de justicia, educación, salud, y desarrollo. No se trata de secesión ni ruptura, sino de participación con dignidad.

4. Nueva relación

Lejos de ser un manifiesto separatista, la UNDRIP promueve una nueva relación basada en el respeto mutuo. Es una invitación a repensar las formas en que los Estados interactúan con los pueblos originarios, no como administradores o tutores, sino como aliados en pie de igualdad.

III. Más allá del papel: implementación real y desafíos

Aunque la Declaración fue adoptada por una abrumadora mayoría en la Asamblea General de la ONU, su implementación sigue siendo desigual y, en muchos contextos, simbólica. Barume advirtió que aún persisten grandes brechas entre el derecho formal y la práctica estatal, sobre todo en cuanto a:

  • Consulta y consentimiento libre, previo e informado (CLPI): Aunque muchos Estados lo han incorporado en discursos, su cumplimiento es mínimo en megaproyectos extractivos, por ejemplo.
  • Reconocimiento jurídico de instituciones indígenas: Pocos países han creado sistemas efectivos para validar las normas, leyes y formas de gobierno propias de los pueblos indígenas.
  • Educación pública: La falta de conocimiento sobre la Declaración en gobiernos, escuelas y medios de comunicación impide su apropiación por la sociedad civil.

Frente a esto, Barume propuso una vía clara: educar a las comunidades indígenas sobre sus derechos y al mismo tiempo exigir a los Estados que cumplan con su obligación de educar en derechos humanos. No basta con citar la Declaración en discursos. Hay que traducirla en acción, presupuesto, formación y reformas estructurales.

IV. El derecho como herramienta de resistencia

Una de las ideas más inspiradoras de Barume fue su invitación a reapropiarse del lenguaje del derecho como herramienta de transformación. “Los derechos no se conceden, se reclaman”, dijo con firmeza. Esta afirmación es particularmente poderosa en un mundo donde los pueblos indígenas siguen siendo marginados en la toma de decisiones globales, especialmente en temas como el cambio climático, la biodiversidad o los conflictos por el agua y la tierra.

El llamado es claro: la UNDRIP no debe quedarse en las oficinas gubernamentales ni en los archivos de la ONU. Debe estar en las manos de cada joven indígena, en las escuelas, en los parlamentos y en los movimientos sociales. Porque solo una ciudadanía educada en derechos puede exigirlos. Y solo pueblos conscientes de su dignidad pueden ejercerla con plenitud.

Conclusión: un mapa ético para el futuro

Albert Barume no se limitó a hacer una presentación técnica. Habló desde un lugar de compromiso con la justicia global, y trazó un mapa ético que nos obliga a mirar la historia con honestidad, el presente con urgencia y el futuro con esperanza.

La Declaración no es un punto de llegada. Es una brújula. Y como tal, solo tiene sentido si se camina con ella.